Ley 24-97: la industria de la denuncia y el fracaso del Estado
26 Mayo 2026 Affe Gutierrez 1163
Entre mujeres verdaderamente violentadas, hombres destruidos por denuncias sin prueba y menores usados como mercancía familiar.
Por Affe Gutiérrez
Santo Domingo. - El caso Wander Franco no debe leerse únicamente como un expediente penal de alto perfil ni como una noticia deportiva con ribetes judiciales. Debe leerse como una advertencia nacional. Un tribunal dominicano declaró al pelotero penalmente responsable por abuso sexual y psicológico contra una menor, pero al mismo tiempo le concedió perdón judicial, al considerar las circunstancias particulares y atenuantes del caso, entre ellas la extorsión y el chantaje atribuidos a Martha Vanessa Chevalier Almonte, madre de la menor, quien fue condenada a diez años de prisión por tráfico sexual de su hija. La sentencia íntegra todavía debe ser examinada con rigor, pero el mensaje institucional ya es suficiente para abrir una discusión incómoda. En un mismo proceso puede haber una víctima menor de edad, un imputado declarado responsable y, a la vez, una trama adulta de manipulación, dinero, explotación y aprovechamiento.
Ese punto rompe la lectura simplista con la que muchas veces se aborda la violencia de género, intrafamiliar y sexual en la República Dominicana. El país ha sido educado institucionalmente para reaccionar ante la denuncia, pero no siempre para distinguir entre violencia real, conflicto familiar, denuncia débil, instrumentalización del sistema, presión económica, litigio de divorcio, disputa de custodia, celos, chantaje o extorsión. La protección reforzada de la mujer tiene fundamento constitucional, legal y humano. Lo que ha fracasado no es la idea de proteger a la mujer, sino la forma automática, deficiente y muchas veces acrítica con que el sistema procesa determinadas denuncias.
Una ley necesaria que no debe convertirse en dogma
La Ley 24-97 nació de una realidad que no puede negarse. La violencia contra la mujer y la violencia intrafamiliar fueron reconocidas como problemas socioculturales que atentan contra los derechos humanos y ponen en peligro el desarrollo de la sociedad. Esa ley introdujo al Código Penal dominicano figuras necesarias para perseguir la violencia física, psicológica, sexual, intrafamiliar y otros atentados contra la dignidad de la persona. El problema aparece cuando una herramienta legítima de protección se convierte, en algunos casos, en un arma de presión procesal, económica, reputacional o familiar.
Las cifras obligan a mirar el sistema sin propaganda. En 2023, el Ministerio Público recibió 62,598 denuncias de violencia de género e intrafamiliar. De ese universo, los jueces emitieron 30,088 órdenes de protección o alejamiento. Eso significa que alrededor del 48 por ciento de las denuncias produjo una orden de protección, mientras más de la mitad no generó siquiera esa respuesta preventiva visible. Además, de 2,192 medidas de coerción solicitadas por los fiscales, los jueces acogieron 1,689.
Ese dato no permite afirmar, con seriedad jurídica, que la mayoría de las denuncias son falsas. Pero sí permite afirmar algo igual de grave. La denuncia, por sí sola, no equivale a verdad judicial. Más de la mitad de las denuncias no terminó en orden de protección, y solo una fracción mínima llegó a una medida de coerción. Esa brecha revela una zona gris enorme entre la denuncia, la protección, la investigación y la judicialización penal fuerte. El Estado mide cuántas denuncias entran, pero no transparenta con igual claridad cuántas se archivan, cuántas se caen por falta de pruebas, cuántas terminan en condena, cuántas en absolución, cuántas responden a conflictos no penales y cuántas pudieron ser utilizadas de manera instrumental.
Proteger a la víctima no significa presumir culpables
Ahí está el fracaso. El sistema dominicano ha confundido muchas veces sensibilidad con justicia, rapidez con eficacia y protección con presunción de culpabilidad. En materia de violencia de género, el Estado no puede actuar como si toda denuncia fuera falsa, pero tampoco puede operar como si toda denuncia fuera verdad. La víctima real necesita protección inmediata. El denunciado inocente necesita garantías inmediatas. La justicia no puede proteger a una persona fabricando otra víctima.
El caso Wander Franco resulta particularmente incómodo, precisamente por su complejidad. No es un caso que sirva para negar la protección de menores ni para minimizar la gravedad de los delitos sexuales. Al contrario. Sirve para demostrar que alrededor de una víctima menor pueden operar adultos capaces de explotarla, manipularla o utilizarla con fines económicos. Según los reportes del proceso, el tribunal consideró que Franco fue a la vez acusado y víctima de extorsión, mientras la madre de la menor fue condenada por tráfico y otros cargos vinculados al aprovechamiento económico del caso. Esa realidad obliga a abandonar los moldes cómodos. No todo expediente encaja en una narrativa sencilla de víctima pura y victimario único.
Hay una verdad todavía más incómoda que el país evita mirar, y es que donde aparece una menor herida, violada, explotada, embarazada o muerta, casi siempre hubo antes un círculo adulto que vio, calló, permitió, negoció o se benefició. Muchas veces la palabra “ese muchacho es de familia” funciona como escudo moral para ocultar abandono, complicidad, conveniencia económica o silencio interesado. No basta con perseguir al agresor visible si alrededor de la víctima hubo padres, madres, tutores, parientes o allegados que toleraron señales, recibieron beneficios, encubrieron relaciones irregulares o utilizaron la tragedia como moneda de cambio. En casos que han estremecido al país, como el de Emely Peguero, la pregunta no puede limitarse a quién ejecutó el hecho, sino también a qué adultos fallaron antes, quiénes tenían deber de cuidado y por qué el Estado no investiga con igual severidad la omisión, la negligencia, el encubrimiento o la posible complicidad familiar. Esos adultos deben ser investigados y, cuando existan indicios de omisión grave, encubrimiento, complicidad, explotación o beneficio económico, sometidos a la acción de la justicia.
La segunda generación de política pública
La República Dominicana necesita una segunda generación de políticas públicas en violencia de género e intrafamiliar. La primera etapa fue necesaria para visibilizar lo que durante años se calló, para crear unidades especializadas, órdenes de protección, casas de acogida, protocolos y rutas institucionales. Pero la segunda etapa debe corregir los excesos, filtrar mejor los casos, profesionalizar la investigación, sancionar las denuncias falsas o instrumentales, proteger al hombre víctima cuando exista, y garantizar que ninguna persona sea destruida civil, económica, familiar o reputacionalmente por una denuncia no probada.
Esa reforma debe partir de una métrica seria. El Ministerio Público y el Poder Judicial deben publicar, de manera periódica, no solo la cantidad de denuncias recibidas, sino también las salidas reales del sistema. Deben decir cuántas denuncias fueron archivadas, cuántas terminaron en acusación, cuántas llegaron a apertura a juicio, cuántas produjeron condenas, cuántas terminaron en descargo, cuántas se cayeron por incomparecencia de la víctima, cuántas por falta de prueba, cuántas por contradicciones graves, cuántas por desistimiento y cuántas derivaron en persecución por denuncia falsa, chantaje, extorsión o uso abusivo del proceso. Sin esa radiografía, el país seguirá discutiendo desde la emoción y no desde la evidencia.
También hace falta separar los tipos de casos desde el primer contacto institucional. No es lo mismo una mujer con riesgo real de feminicidio que una discusión patrimonial en medio de un divorcio. No es lo mismo una amenaza documentada que una acusación genérica sin soporte mínimo. No es lo mismo violencia psicológica estructurada que una relación tóxica de doble agresión. No es lo mismo abuso sexual que chantaje sexual organizado por terceros. No es lo mismo un menor víctima que un menor instrumentalizado por adultos. El sistema debe tener inteligencia para distinguir, no reflejos para etiquetar.
La crisis ya no es solo de género
La propuesta no puede limitarse a endurecer penas. El país ha endurecido mucho y prevenido poco. Mientras se discuten expedientes de adultos, menores de edad se están matando entre sí, entrando al crimen organizado, participando en robos, sicariato, microtráfico, violencia escolar, violencia digital y explotación sexual. Esa realidad confirma que la crisis no es solo de género. Es una crisis de familia, escuela, salud mental, barrio, autoridad, pobreza, consumo de sustancias, redes criminales y abandono institucional. La violencia no empieza en el tribunal. El tribunal suele ser el lugar donde llega tarde todo lo que antes fracasó.
Por eso la política pública debe moverse en tres direcciones. La primera es proteger con más eficacia a la víctima real, especialmente mujeres, niños, niñas, adolescentes, envejecientes y personas en situación de vulnerabilidad. La segunda es impedir que el sistema sea utilizado como herramienta de venganza, presión económica, ventaja en divorcio, manipulación patrimonial o destrucción reputacional. La tercera es crear una política nacional de prevención de violencia familiar y juvenil que incluya salud mental, escuela de padres, detección temprana, intervención comunitaria, tratamiento de adicciones, programas para hombres agresores, programas para hombres víctimas y seguimiento real a niños y adolescentes en riesgo.
Justicia sin consignas
La protección reforzada de la mujer no debe desmontarse. Debe depurarse. Debe defenderse de sus propios abusos. Una ley justa pierde legitimidad cuando se aplica de manera injusta. Una institución necesaria se debilita cuando no reconoce sus errores. Y una política pública noble se vuelve peligrosa cuando no distingue entre víctima, conflicto y manipulación.
La República Dominicana necesita reencauzar su modelo. No para volver al silencio de antes, donde muchas mujeres eran golpeadas, abusadas o asesinadas sin respuesta. Tampoco para sostener el dogma actual de que toda denuncia debe ser tratada como verdad completa y palabra Santa desde el primer minuto. El camino constitucional es otro. Proteger sin prejuzgar. Investigar sin humillar. Sancionar sin fabricar culpables. Escuchar a la víctima sin anular la defensa. Perseguir la violencia real sin permitir que el proceso penal se convierta en un arma privada.
El caso Wander Franco no cierra una discusión. La abre. Y la abre en el punto exacto donde el país no quiere mirar. La justicia dominicana no puede seguir administrando expedientes de violencia con consignas. Necesita datos, filtros, técnica, debido proceso, prevención y valor institucional para decir dos verdades al mismo tiempo. Hay mujeres que necesitan protección urgente frente a hombres violentos. Y hay hombres que necesitan protección urgente frente a denuncias utilizadas como mecanismo de presión, chantaje o destrucción.
Un Estado maduro no escoge una verdad contra la otra. Las enfrenta ambas. Y las resuelve con justicia.
El autor es Piloto, Abogado, Comunicador y Magister en Defensa y Seguridad Nacional.
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