Las Evidencias Y Las Delaciones

20 Mayo 2021   Julio Gutiérrez Heredia   889

Las Evidencias Y Las Delaciones

En una investigación de un hecho ilícito, los elementos probatorios se originan partiendo de diferentes situaciones y circunstancias. Regularmente el hecho o acontecimiento sujeto a investigar, tiene implicaciones socio-económicas, debido a las manifestaciones de personas o grupos en adquirir bienes tangibles o intangibles de manera irregular. Dentro del concepto amplio del término “corrupción”, el investigador debe establecer, si el delito encaja como “corrupción pasiva” o como “corrupción activa”.

La corrupción pasiva, es aquella que está relacionada con el tráfico de influencias; también, se encasillan en este concepto cuando un funcionario solicita directamente o a través de un intermediario, la colocación de un familiar en otra institución, a cambios de ofrecer favores al representante de la referida entidad. Es considerada corrupción pasiva, la inclinación de un funcionario en obtener ventajas más allá de las condiciones establecidas en su cargo, tales como, uso indebido del objeto del gasto en el pago de las tarjetas de crédito, etc. En este renglón se incluye el nepotismo, pero en la República Dominicana, esta violación, no es considerada corrupción, aunque existan las evidencias.

En cambio, la corrupción activa, se compone de una gama de acciones delictivas, que el solo hecho de listar aquellas más conocidas, nos presenta el dilema de determinar cuál de ellas tiene más connotación en el país. Veamos esa lista:

En la jurisprudencia dominicana, los casos que más se ventilan en la justicia, relacionados con actos de corrupción, son: la malversación de fondos, el peculado y la prevaricación. Los casos que mayor atención acapararon la atención de la ciudadanía, en el presente siglo, sucedieron en el 2003 (caso Baninter), 2017 (caso Odebrecht), 2020 (Operación Antipulpo) y 2021 (Operación Coral). De esos cuatro casos, el único “importado”, es el de Odebrecht, esto así, debido a las delaciones hechas por funcionarios de esa empresa brasileña ante un tribunal de la ciudad de New York, donde declararon haber participado de una red de sobornos en varios países, incluyendo la República Dominicana. En este expediente, las evidencias no requieren que sean sustantivas, pues con la confesión de soborno, todos los involucrados están imputados. Solo falta identificar a quien da y quien recibe.

Para los casos fechados en diciembre del 2020 y abril del 2021, las evidencias son fundamentales. De igual modo, los métodos de investigación, deben ajustarse a los procedimientos y técnicas de manera ordenada y sistemática, siempre observando el debido proceso, para no violar disposiciones legales.

En materia de investigación de un hecho corrupto, tanto las evidencias como las delaciones, son factores que coadyuvan a esclarecer las causas o motivos de acciones ilícitas, perpetradas por una persona o grupos de personas, en detrimento del erario público o de una entidad, ya sea pública o privada; por lo que, el investigador no debe descartar cualquier evidencia como herramienta de solución del caso; pero tampoco, las delaciones como elemento circunstancial, emitidas por una o varias personas, involucrados o no, en el caso investigado.

Por Julio Gutiérrez Heredia, CPA
Miembro 1001 del ICPARD
Auditor Forense